SEGUNDA PARTE
Eddie Reyes, Assoc. AIA/Director
Así Es Guatemala, Nonprofit
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Una vez nos adentramos en temas que sin querer para muchos es espinoso, áspero, complejo, largo y muchas veces sin el resultado deseado para los que aplican para este beneficio en Estados Unidos, explica el guatemalteco, Eddie Reyes, a la vez que expone con el soporte de abogados algunos aspectos importantes de considerar.
Solicitud de Refugio, las personas perseguidas en sus países de origen pueden solicitar el estatus de refugiado, asilado o protegido temporal en los Estados Unidos. El USCIS establece que las dificultades económicas no se consideran una razón suficiente para que una persona solicite el estatus de asilado o refugiado. El completo paquete de solicitud de refugiado y asilado hace que el proceso de solicitud sea fácil de entender. Esta es una guía que le ayudará, paso a paso, a presentar su solicitud de la forma tan rápida y eficiente como sea posible. La información contenida en la Guía de solicitud de refugiado y asilado le ayudará a determinar su elegibilidad para solicitar el estatus de residente temporal o permanente, según informó el sitio electrónico de Inmigración USA.
Tanto la solicitud de Refugio y Asilo Político conllevan a la residencia permanente y también a la ciudadanía después de cumplir los respectivos 5 años, claro una vez que sean aprobadas por un Juez de Inmigración en una Corte Federal después de cumplir todos los requisitos.
¿SABE LA DIFERENCIA?
Según los abogados Carlos Pérez en California y Stephanie Marzouk en Boston Massachusetts, es importante entender la diferencia entre los dos ASILO POLÍTICO y REFUGIO, ya que los dos conceptos son similares y a menudo se confunden.
En ambos casos el solicitante debe expresar un temor razonable de persecución en su país a causa de su raza, nacionalidad o por pertenecer a un grupo social especial, o por su opinión política. La diferencia de la solicitud de ASILO es que esta se pide en al entrar a los Estados Unidos y el REFUGIO se hace desde el país de origen (fuera los Estados Unidos) la petición de refugio se presenta en la embajada, regularmente en la Embajada de Estados Unidos más cercana a la ubicación del solicitante. La petición estará sujeta a un estudio o investigación de seguridad y comprobación de hechos.
Vale la pena anotar que si el asilo es negado, dicho rechazo cierra automáticamente otras opciones para adquirir una residencia permanente. Aunque siempre habrá excepciones, por lo general es muy difícil conseguir otro medio migratorio para permanecer en el país si previamente se solicitó un asilo y este no fue concedido dejando sin muchas esperanzas a personas que no cumplen con requisitos para asilo político, aunque parezca lo mismo es muy diferente el uno del otro y también como se solicita este beneficio. Debemos aclarar que el refugio no puede solicitarse por cuestiones o problemas económicos en su país, este es un error muy común en muchas aplicaciones presentadas para el estatus de refugiado al igual que de asilo político.
APLICAR NO SIGNIFICA QUE SE TENGA GARANTÍA DE APROBACIÓN
Tengamos muy en cuenta que muchas de las personas que solicitan refugio en sus países no necesariamente Centroamérica, tienen que pasar por el mismo proceso largo y tendido y que requiere la asistencia de un abogado que entienda las leyes y requisitos para aplicar, es un proceso largo y costoso que pudiera muchas veces llevar algún par de años para obtener una respuesta positiva o negativa.
Todos, tanto aquí como fuera de los Estados Unidos debemos que estas aplicaciones al presentarlas no garantizan su aprobación, estas requieren la documentación necesarias para probar un temor fundado donde se encuentre y que debe de dales el seguimiento con la asesoría de un abogado que entienda los requisitos y el tramite en general.
Por favor no se deje engañar por personas inescrupulosas que fingen saber de leyes migratoria y se creen abogados, refiera a personas serias y que estén establecidas en el tema en los Estados Unidos, no en su país de origen.