Parte IV-A: Acceso a vivienda, educación, salud y Seguridad Social

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Lic. José Antonio Guardado Martínez
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Como continuidad del Diagnóstico Participativo 2015; se considera que (1) Vivienda: Con respecto a este tema o apartado y como Refugiado o solicitantes de la condición de Refugiado, no se tiene acceso, a excepción que la condición o posición económica sea diferente a la mayoría que hemos dejado todo en los países de origen y por la forma arraigada o transitoria no se es sujeto a ninguna prestación financiera que ofrece ese sector.

(2) Educación: Se establece según ministerio de Ley que la educación en Guatemala es gratuita, pero aparecen barreras que sorprenden y que son difíciles de evadir, como no dando cumplimiento: (a) Acceso a la educación primaria y secundaria; al acercarse a cualquier centro educativo se nos pregunta de dónde se es originario y al expresar que no se es guatemalteco simplemente se nos dice que no hay cupo. Y si se admite a un adolescente o joven pasa como oyente, condición que no se deja de ser hasta que se presente documentos debidamente autenticados.

Pisoteando o ignorando ACUERDO EJECUTIVO que norma cómo solventar esta situación. Abuso o violación a lo antes mencionado se vive en el Centro de Formación Profesional -CFP; Padre Bartolomé Ambrosio de Don Bosco, que a la vez olvidan el ideal de Juan Bosco, quien dedicó su vida entera a favor de todo adolescente o joven, (b) Acceso a la educación superior; aún en la Universidad San Carlos – Usac, especialmente para todo extranjero es caro estudiar allí, iniciando desde el trámite para poder ingresar y no se diga para certificar profesiones, cuesta el ojo de la cara. Privan el derecho a la educación como ALMA MÁTER, y (c) Educación vocacional; El Instituto Técnico de Capacitación y Productividad – Intecap es accesible con el pago mensual, pero el equipo y materiales de apoyo que se compran sus costos son elevados, volviéndose imposible acceder como Refugiado o solicitante de la condición de Refugiado ya que se sale de dónde se es originario con los brazos cruzados.

Por todo lo anterior dónde queda el compromiso adquirido como Gobierno a favor de todo Refugiado o solicitante de la condición de Refugiado y no digamos de la oficina del Alto Comisionado de las Naciones Unidas para los Refugiados – ACNUR, que debería ser el ente que debe velar porque se dé o que debería buscar el debido cumplimiento a esa palabra que resalta el Estatuto “ASISTENCIA”.

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