Gestionar flujos migratorios en tiempos de pandemia en las fronteras

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Pbro. Mauro Verzeletti, cs
Director de la Casa del Migrante Guatemala y El Salvador

En este período en que la humanidad está siendo azotada por la pandemia, es importante señalar que la pobreza creció en todas las regiones del mundo de forma exponencial, los trabajadores migratorios y sus familiares son los más afectados por el flagelo del desempleo. Así mismo, la raíz de la crisis en la que estamos sumergidos tiene relación directa con el modelo económico de concentración de la riqueza, en manos de magnates y grandes corporaciones empresariales nacionales y multinacionales.

Las políticas migratorias deben de ser más humanas y criteriosas, para abordar la situación de los migrantes y solicitantes de asilo en las fronteras, para que tengan un tratamiento diferenciado. La situación se ha vuelto aún más crítica por la crisis sanitaria del COVID-19, realidad que impulsa crear mecanismos agiles para procesar de manera eficiente y rápida las solicitudes de asilo. Ante esta situación de vulnerabilidad, las leyes deben de cambiar radicalmente las viejas prácticas de detenciones inhumanas y mortales, pues se requiere priorizar nuevas alternativas y estrategias de respeto a la integridad de cada individuo.

Indudablemente, el sistema de justicia migratorio debe de garantizar la independencia para proteger los derechos individuales de migrantes y solicitantes de protección internacional, para que los jueces de los tribunales de inmigración puedan asegurar todos los derechos fundamentales. Así mismo, la cooperación entre los países de origen, tránsito y destino, son fundamentales para abordar racionalmente los flujos migratorios regionales e invertir en políticas públicas de desarrollo humano integral, para contrarrestar las causas principales de las migratorios masivas forzadas.

Las políticas adoptadas en el contexto de la pandemia en relación a los migrantes y solicitantes de asilo, están causando una situación de depresión la vida de las niñas, niños, adolescentes, jóvenes, mujeres y hombres, pues tienen que adaptarse a las medidas inhumanas impuestas por Donald Trump, donde son forzados a entrar en la fila de espera del lado de México, enfrentándose a todos los peligros que conllevan las ciudades fronterizas. La justificación “Quédate en México” consiste en una acción altamente racista y discriminatoria, porque no existe voluntad política para crear infraestructura de atención integral y espacios adecuados para custodiar las personas.

La justificación para implementar las políticas migratorias restrictivas en las fronteras causa graves problemas y trastornos psicosociales en la vida de las personas, puesto que las fronteras fueron diseñadas para una realidad que ya no existe; ahora necesitan una nueva estrategia con procesamientos innovadores y ampliados, para ser congruentes con la realidad actual de los flujos migratorios.

El drama de los migrantes y solicitantes de asilo se hace cada vez más evidente en las ciudades fronterizas, porque son obligados permanecer por largos períodos en espera para averiguar la situación, y las alternativas para de atención de personal profesional en salud mental, trabajo social y trabajo con víctimas de trauma, está siendo ignorado de parte de los Estados.

En el contexto actual de fronteras y pandemia, es importante hacer hincapié de la importancia de la Convención sobre refugio de 1951 de la ONU: “Cualquier persona que debido a un temor bien fundado de persecución por razones de raza, religión, nacionalidad, ser miembro de un grupo social particular, o de una opinión política, está fuera de su país de origen y es incapaz -debido a tal temor, de obtener la protección de ese país”.

En esta misma línea la Declaración de Cartagena de 1984, amplia el concepto de protección para asegurar la vida de las “Personas que han huido de su país porque su vida, seguridad o libertad han sido amenazadas por la violencia generalizada, la agresión extranjera, los conflictos internos, la violación masiva de los derechos humanos y otras circunstancias que hayan perturbado gravemente el orden público”.

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