¿Asistencia jurídica donde está ACNUR?

Debes leer

Diario La Hora
Diario La Hora
Visión: Realizar un trabajo periodístico que contribuya a la consolidación de la democracia en Guatemala, a partir del periodismo investigativo y de opinión. Misión: Ser un medio de comunicación imparcial, veraz y responsable, dirigido a líderes de opinión con incidencia en los círculos de pensamiento y en el ámbito político guatemalteco.

Lic. José Antonio Guardado Martínez.
[email protected]

Hace algunos días escribí conceptos o el significado de palabras concretas que se relacionan con Refugiados, Solicitantes de la Condición de Refugio y Migrantes. Recuerdo que aclare qué significa ASISTENCIA. Y al día de hoy sigue siendo nada más que letra muerta. Nadie asiste ante emergencias y lo que se encuentra son evasivas dejando a la víctima a la buena de Dios. Y como que hasta los números tienen identificados. Comprendo que en día de descanso no se trabaja, pero la delincuencia no delinque de lunes a viernes, porque el malo no entiende de código.

Y cuando se busca la asistencia de ese tipo se dan el lujo de expresar que solo casos administrativos es a lo que pueden dar acompañamiento y que para representar a alguien de la población refugiada se tiene que pedir autorización para hacerlo. ¿A quién? ¿Será a Dios o al diablo? Mientras tanto defiéndase como gato panza arriba y vea cómo soluciona su problema. Se le otorgó la protección nada más según el ESTATUTO DE LA ORGANIZACIÓN DE LAS NACIONES UNIDAS -ONU-, remachan o repiten. Por hoy en la mayoría de países y el nuestro no es la excepción porque prevalecen más los derechos del delincuente brindándole total asistencia, dejando al honrado desprotegido. Es difícil enfrentar emergencias sin el auxilio o colaboración más cuando todo se parcializa y la balanza se inclina para el lado de la delincuencia que descaradamente se defiende con la misma Ley que debería aplicarse sin sesgo alguno. Para muestra transcribo:”…RAZÓN: El honorable juzgador verifica la presencia de las partes y hace saber el motivo de la presente audiencia.

La parte agraviada dentro del proceso narra los hechos de los que fue víctima por parte del sindicado indicando que el sindicado lo agredió físicamente e intentó quitarle sus pertenencias, así también indica su situación dentro del país y manifiesta que si le sucede algo en el país es a raíz de las amenazas que también recibió por parte del sindicado. El abogado director de la parte agraviada solicita que el presente proceso no se lleve a cabo por medio de la vía de las faltas, sino que sea por medio del proceso común para que el Ministerio Público realice la investigación y que se tenga presentada como denuncia la presente declaración de su patrocinado y se emitan las medidas de seguridad respectivas en contra del sindicado por pertenecer a la misma ubicación geográfica cercana a la de su patrocinado.

Se hace constar que no se encuentran presentes los agentes captores, en tal virtud el juzgador le hace saber al sindicado los hechos que se le atribuyen, encuadrando su conducta de forma provisional en una FALTA CONTRA LAS PERSONAS y una FALTA CONTRA LAS BUENAS COSTUMBRES. RESOLUCIÓN: EL HONORABLE JUZGADOR… RESUELVE: Tomando en consideración los hechos relatados en la prevención policial se declare sin lugar la solicitud de llevar el presente proceso en la vía común solicitada por el abogado director, considerando que no existen motivos suficientes para el mismo y por lo argumentado…”. Entonces LA ASISTENCIA JURÍDICA ¿DÓNDE ESTA SEÑORES DE LA OFICINA DEL ALTO COMISIONADO DE LAS NACIONES UNIDAS PARA REFUGIADOS –ACNUR- EN REPÚBLICA DE GUATEMALA?

- Advertisement -spot_img
- Advertisement -spot_img

Latest News

Casa Blanca anuncia nueva fase del Llamado a la Acción en GT, SV y HN

La vicepresidenta de los Estados Unidos, Kamala Harris, anunció que la Alianza Llamado a la Acción (PCA), que consiste...
- Advertisement -spot_img

Más articulos como este

- Advertisement -spot_img